The Small Claims Advisory Service (SCAS) is a non-governmental Massachusetts public service organization that provides free legal information regading Massachusetts small claims law and procedure. For any questions about Small Claims law (including those this site can't answer) feel free to call our hotline at (617) 497-5690 or email us with a brief, specific question at questions@masmallclaims.org.
Una apelación es una petición a una corte superior para que revise y posiblemente cambie o revoque la decisión de una corte inferior. Cuando alguien no está satisfecho con el veredicto proporcionado por la Corte de Reclamos Pequeños, debe considerar apelar el veredicto de modo que el caso pueda ser escuchado por un juez o un jurado en un tribunal de primera instancia de Distrito. El veredicto del juicio de apelación remplazará el veredicto original de la Corte de Reclamos Pequeños.
El demandante renuncia a cualquier derecho a apelar cuando presenta un caso de reclamos pequeños. El demandante, sin embargo, tiene derecho a apelar si el demandado ha presentado un contra reclamo en contra suya.
El demandante pierde el derecho a apelar si el caso original fue decidido por un juez.
El demandante pierde el derecho a apelar si el demandante no ha comparecido en corte.
Cuándo tramitar
El demandado puede tramitar formalmente la apelación en la corte donde se realizó el juzgado dentro de 10 días de haber recibido la Notificación del Veredicto y Orden de Pago. Los sábados, domingos y días festivos cuentan dentro del periodo de 10 días, pero si el décimo día cae en un sábado, domingo o día festivo, el demandado puede tramitar la apelación en el día hábil siguiente.
Qué Tramitar
El apelante (el demandado que apela) debe tramitar un affidávit (declaración notarial) y pagar una cuota y una fianza de apelación que suman un total de $129.
El affidávit
Muchas cortes proveen una forma para el affidávit, pero no hay ningún formato fijo que las cortes deben seguir. Algunas cortes requieren que el apelante tramite una declaración en una carta sencilla declarando su deseo a apelar, además de otro affidávit separado referente a información más específica de la apelación. El apelante debe contactar el juzgado en que el juicio fue llevado a cabo para obtener instrucciones específicas para llenar el affidávit.
Llenando el affidávit
El apelante debe declarar en el affidávit:
• Que existen cuestiones de ley y de hecho que dan fundamento a la apelación;
• Cuáles son esas cuestiones;
• Que tal juicio se propone en buena fe (el propósito de la apelación es lograr que se cumpla con la ley y no es resultado de un capricho); y
• Si el apelante quiere que la apelación sea escuchada por un jurado de seis personas o por un solo juez.
Método del veredicto
Si el demandado, el demandante o ambos solicitan formalmente que la apelación sea escuchada por un jurado de seis, tal petición será concedida. El caso entonces será escuchado por un solo juez solamente si tanto el demandado como el demandante prefieren tal arreglo, o si tal es la preferencia del demandando y el demandante no expresa su petición de que el juicio tenga un jurado de seis personas.
Cuestión o hechos en disputa
Un demandado puede solicitar un juicio con jurado sólo si hay cuestiones referentes a hechos en los cuales ambas partes están en desacuerdo. Si el juez decide que los hechos en disputa no son trascendentes legalmente, él puede decidir la apelación sin un jurado. El procedimiento es conocido como decisión sumaria [summary judgment], en donde el juez aplica la ley a los hechos que no están en disputa. El apelante debe estar preparado para decirle al juez de la sesión del jurado qué hechos están en disputa y cuáles no. Además, no hay derecho a un juicio con jurado para aquellos reclamos presentados bajo el Massachusetts Consumer Protection Act (M.G.L. cap. 93A).
Declaración
La declaración en el affidávit debe ser muy breve, tal como:
“Yo, John Doe, presento en buena fe la apelación del caso Smith vs. Doe, debido a que existe una cuestión de hecho referente al testimonio de la audiencia original. Esta cuestión de hecho es si Smith, un tendero, presentó su política de devoluciones visiblemente. Smith dice que sí, pero otros testigos dicen que no.”
Como se menciona arriba, sin embargo, cada corte puede tener diferentes procedimientos de apelación, así que quien quiera apelar un veredicto debe contactar a un oficial del juzgado y preguntar que tan descriptivo debe ser uno al redactar el affidávit.
Cuota y Fianza de Apelación
Los $129 de la apelación se dividen en una cuota de tramitación de $29 y una fianza de apelación de $100 (excepto en apelaciones de caso de arrendador/inquilino, véase abajo). La fianza es devuelta sólo si el apelante gana la apelación. Si el apelante pierde, la fianza es transferida al demandante el apelado) para pagar los costos del juicio y para pagar una parte de algún veredicto que el jurado pudiera expresar en contra del apelante.
El apelante no tiene que pagar la fianza y la cuota sólo en caso de que:
• No tenga dinero para pagar y
• La apelación no sea frívola.
El oficial de la corte decidirá si las cuestiones de hecho o ley establecidas en el affidávit son razonables (pero no decidirá si las cuestiones pueden revocar o no el veredicto original, pues ésa es la función del juez o del jurado).
Reclamos de arrendador/inquilino
Para las apelaciones de reclamos de arrendador/inquilino que involucren un depósito de garantía, la fianza es mayor. Si un arrendador perdió la decisión a un demandante en relación a un depósito de garantía en disputa y desea apelar, él debe pagar una fianza igual a:
• Tres veces la cantidad que se le debe al inquilino (incluyendo el depósito de garantía),
• 5% de interés a partir de la fecha del pago, y
• Gastos del juicio más una cantidad razonable de honorarios pagados a un abogado.
Grupos exentos de pagar una fianza incluyen:
• Corporaciones municipales, de pueblo o de condado, así como los representantes de tales entidades.
• Partes que ya hayan dado una fianza acorde a la ley para disolver un embargo.
• Demandados en acciones de torts (casos referentes a culpabilidad civil en accidentes) que involucren vehículos automotores que estarían cubiertos, en parte o en su totalidad, por una póliza de garantía de vehículos automotores contra cualquier veredicto.
• Demandados que no puedan paga la fianza y cuya apelación no sea frívola, que también estén exentos de pagar la cuota de tramitación, como se explica arriba.
Si el affidávit con toda la información requerida,
la cuota y la fianza no son recibidas dentro de diez días, el secretario magistrado notificará a ambas partes, devolverá cualquier parte de la cuota o de la fianza que ya haya sido recibida y anotará tal acción en los registros de la corte. Si el apelante considera que ha cumplido con el plazo límite para presentar la apelación con todos los materiales o que circunstancias extenuantes lo imposibilitaron de hacerlo, puede apelar la negación de su apelación.
• Massachusetts General Law, Chapter 218, Section 23.
• Uniform Small Claims Rules: Trial Court Rule III.
• Small Claims Standards, Appeals, 8:00-8:05.